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Terminalidad de estudios en el exterior

La Resolución N° 1040/2012 del Ministerio de Educación regula el procedimiento que deben seguir para terminar en el exterior estudios secundarios aquellas personas que se desplacen a otro país adeudando asignaturas del nivel secundario.

Se copian a continuación las partes pertinentes de la Resolución N° 1040/2012, la cual detalla los pasos del procedimiento a seguirse:

"EL MINISTRO DE EDUCACION RESUELVE:

Artículo 1º — Establecer que los alumnos que deban trasladarse al exterior y que tengan asignaturas pendientes de aprobación en el nivel secundario o sus denominaciones equivalentes, y que la aprobación de las mismas signifique la terminalidad de dicho nivel, puedan rendir un máximo de CUATRO (4) asignaturas en las Embajadas o Consulados Argentinos ubicados en el país en que residan.

Art. 2º — Establecer que los alumnos que deban trasladarse al exterior y que tengan asignaturas pendientes con cuya aprobación completen años del nivel secundario o sus denominaciones equivalentes para acceder al año inmediato superior, puedan rendir hasta TRES (3) asignaturas ante funcionarios de las Embajadas o Consulados Argentinos ubicados en el país en que residan.

Art. 3º — Estipular para los casos mencionados en los artículos 1º y 2º un máximo de DOS (2) reprobados, pudiendo rendir los exámenes en un término no mayor a DOS (2) años desde el primer reprobado.

(...)

ANEXO I PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO/TÉCNICO

1.- Requisitos para iniciar el trámite: a) Nota de los interesados mayores de 18 años o los padres o tutores de menores de 18 años solicitando autorización ante la DIRECCIÓN DE VALIDEZ NACIONAL DE TITULOS Y ESTUDIOS para rendir la/s asignatura/s en la Embajada o Consulado Argentinos del país de residencia. Como Anexo II y III se adjuntan modelos para cada caso; b) Fotocopia de la 1º y 2º hoja del documento de acreditación de identidad; c) Fotocopia del anverso y reverso del certificado analítico debidamente legalizado de los estudios parciales expedido por las autoridades del establecimiento educativo donde cursara el estudiante; d) Certificado de residencia o de domicilio del país donde está radicado. Deben coincidir textualmente el/los apellido/s o el/los nombre/s entre todos los documentos escolares con los de su documento de acreditación de identidad vigente, caso contrario remitir fotocopia de la partida de nacimiento.

2.- La DIRECCIÓN DE VALIDEZ NACIONAL DE TITULOS Y ESTUDIOS analizará cada caso en lo que respecta al analítico parcial y los datos allí consignados como por ejemplo: nombre y CUE del establecimiento educativo, plan de estudios, materias adeudadas y otras formalidades en particular. De corresponder, procederá a hacer caratular la documentación aportada.

3.- La DIRECCIÓN DE VALIDEZ NACIONAL DE TITULOS Y ESTUDIOS remitirá copia de la documentación al establecimiento educativo y la correspondiente nota de solicitud de elaboración de un temario de cada una de las asignaturas pendientes de aprobación del estudiante y el/los respectivos exámenes.

4.- El establecimiento educativo enviará a la DIRECCIÓN DE VALIDEZ NACIONAL DE TITULOS Y ESTUDIOS el programa de cada asignatura a rendir y por separado, sin excepción, en sobre cerrado el examen confeccionado para que el estudiante rinda.

5.- La DIRECCIÓN DE VALIDEZ NACIONAL DE TITULOS Y ESTUDIOS remitirá el programa de cada asignatura y, en sobre cerrado, el examen confeccionado, para que sea enviado a la DIRECCIÓN DE ASUNTOS CULTURALES DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, a través de la DIRECCIÓN NACIONAL DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL, a fin de que esta documentación sea enviada a la representación argentina pertinente.

6.- En la representación diplomática del país de residencia se citará al estudiante para convenir la fecha a rendir el/los examen/exámenes en forma escrita con la pertinente veeduría, no pudiendo rendir más de dos por día y con el intervalo de una hora entre ambos.

7.- La representación argentina remitirá vía diplomática, y en sobre cerrado, sin excepción, a la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS CULTURALES DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, el/los examen/exámenes escritos en los que el alumno hará constar en cada hoja firma y aclaración de la misma y su número de documento de identidad, que deberán ser remitidos a la DIRECCIÓN DE VALIDEZ NACIONAL DE TITULOS Y ESTUDIOS a través de la DIRECCIÓN NACIONAL DE COOPERACION INTERNACIONAL.

8.- La DIRECCIÓN NACIONAL DE COOPERACION INTERNACIONAL enviará a la DIRECCIÓN DE VALIDEZ NACIONAL DE TITULOS Y ESTUDIOS el/los examen/exámenes en sobre cerrado, para la remisión de los mismos al establecimiento educativo a efectos de su corrección.

9.- Para los casos de desaprobación, el establecimiento educativo remitirá una nota donde se consigne la calificación pertinente y la desaprobación, junto con la copia del examen rendido y un nuevo examen en sobre cerrado, para que el alumno rinda nuevamente.

10.- Para los casos de aprobación, se confeccionará el nuevo analítico parcial de estudios incompletos o el título y su correspondiente analítico si completa la educación secundaria, debidamente legalizados. Podrá expedirse constancia de título en trámite a fin de evitar de-moras que pudieran perjudicar al alumno.

11.- En el caso mencionado en el punto anterior, el establecimiento educativo deberá enviar una nota a la DIRECCIÓN DE VALIDEZ NACIONAL DE TITULOS Y ESTUDIOS, informando la aprobación y calificación del/de los examen/exámenes, junto con una copia autenticada del nuevo certificado analítico incompleto o completo y del título o bien la constancia de título en trámite; a efectos de notificar al interesado, siendo el mismo quien convendrá con el establecimiento educativo el retiro y la entrega de ambos originales.

12.- La DIRECCIÓN DE VALIDEZ NACIONAL DE TITULOS Y ESTUDIOS adjuntará al expediente la nota junto con la copia autenticada del nuevo certificado analítico incompleto o completo y del título, de corresponder, y se le dará el pertinente cierre.

13.- La DIRECCIÓN DE VALIDEZ NACIONAL DE TITULOS Y ESTUDIOS deberá arbitrar los medios para que en el expediente queden registradas las instancias del trámite para su posterior remisión a archivo.

(...)

ANEXO II MODELO DE NOTA PARA MAYORES DE 18 (DIECIOCHO) O MÁS AÑOS

BUENOS AIRES,

A LA DIRECCIÓN DE VALIDEZ NACIONAL DE TITULOS Y ESTUDIOS DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN: Tengo el agrado de dirigirme a usted con el objeto de solicitarle se me autorice a rendir la/s asignatura/s (colocar el nombre de la/s asignatura/s y año al que pertenece/n la/s asignatura/s), que adeudo, en la Embajada (o Consulado) argentina/o en …………………………….. Al respecto, acompaño, a la presente, copia de la 1º y 2º hoja del Documento Nacional de Identidad, del certificado analítico de estudios y original del certificado de domicilio en …………………………….. Saludo a usted muy atentamente,

Firma de la solicitante

(Aclaración)

(Tipo y Nº de documento de identidad)

(Al pie, colocar domicilio y teléfono en el país donde reside y correo electrónico)."

Para mayores detalles, comuníquese con la Dirección de Validez Nacional de Títulos y Estudios:

- Por correo electrónico: admdvantye@educacion.gob.ar | contacto: Lic. Silvia Laura De Vito.

- Por teléfono: +54 11 4129-1000 - interno: 7034 o 7030.

 

 

Fecha de actualización: 30/12/2018